IMPORTACIÓN DE ALIMENTOS Y MEDICAMENTOS

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta fin de año el plazo de vigencia de los beneficios impositivos para la importación de alimentos y medicamentos, a través de la Resolución General 5527/2024 publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

Con la norma que dispuso el Gobierno prolongó hasta el 31 de diciembre de 2024 el beneficio que exceptúa a las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyME) de pagar percepciones de Ganancias e IVA por la importación de medicamentos, alimentos, bebidas y otros productos que integran la canasta básica.

La propuesta había nacido a mediados de marzo y solamente iba a estar vigente por 120 días pero desde el oficialismo deslizaron que “en el contexto de alta inflación que atraviesa el país requiere de la implementación de diversas medidas que permitan mitigar sus efectos sobre los sectores más vulnerables”.

El organismo dirigido por Florencia Misrahi confirmó que “la medida se tomó como continuidad de la política económica dispuesta por la Administración Nacional orientada a reducir la inflación” y agrego que su objetivo es “disminuir la carga impositiva a la importación de una canasta de bienes de primera necesidad a efectos de que se genere una reducción de los precios de dichos productos”.

Estos son algunos productos que componen la canasta: carnes, lácteos, verduras, frutas, cereales, grasas y aceites, pastas, salsas, panificados, enlatados, insumos alimenticios, cervezas, bebidas sin alcohol, algodones e hisopos, desodorantes, máquinas y espumas de afeitar, insecticidas de uso personal, jabón de tocador, pañales descartables, papel higiénico, pasta dental, productos de limpieza y medicamentos, entre otros.